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EPIK Journals Online Vol. 1 Iss. 02

Categoría
Otros
Publicado
26 de septiembre de 2010
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EPIK Journals Online

Economía de la Construcción de Comunidades (Vol. 1 Iss. 02)


Construcción de Comunidades Financieras en Asia Oriental: La Iniciativa de Chiang Mai

Concurso de Ensayos para Jóvenes Líderes de EPIK 2010 (1er Premio)

Autor: Yoon Jin Lee, Harvard University

Fecha de Publicación: Agosto de 2010

Introducción:

Durante la turbulencia de la Crisis Financiera Asiática de 1997-1998, cuando Japón contribuyó una cuarta parte del paquete de emergencia para Tailandia mientras que EE. UU. no prometió nada, el gobierno japonés evaluó que un Fondo Monetario Asiático sería concebible. El Fondo Monetario Asiático (en adelante, FMA) que el Ministerio de Finanzas de Japón concibió era un fondo de 100 mil millones de dólares con un sistema regional de vigilancia financiera y una facilidad de préstamos de emergencia. Sin embargo, cuando Japón presentó oficialmente la propuesta del FMA, en noviembre de 1997, la oposición estadounidense y china rápidamente desestimó la idea basándose en que tal fondo sería innecesario con el FMI en su lugar.

No obstante, desde la aprobación de la Iniciativa de Chiang Mai en mayo de 2000, cuando los Ministros de Finanzas de trece países de la ASEAN+3 (ASEAN más China, Japón y Corea) acordaron establecer una red de acuerdos bilaterales de swap de divisas, el nivel de cooperación financiera ha crecido rápidamente en Asia Oriental. Aunque se entiende comúnmente que las experiencias compartidas del shock de la Crisis Financiera Asiática son lo que motiva la cooperación financiera en Asia Oriental hoy en día, los constructivistas van más allá y afirman que una nueva identidad regional – nacida de esas experiencias compartidas – es lo que impulsa los esfuerzos de construcción de comunidades en el dominio financiero de Asia Oriental. Algunos teóricos de las relaciones internacionales centrados en el sistema argumentan que la rivalidad hegemónica entre China y Japón es lo que impulsa la iniciativa, mientras que otros enfatizan que el examen de los actores individuales es fundamental para resolver la causa de la creciente cooperación financiera. Pero, ¿qué actor, entre las múltiples partes regionales, es clave? Este artículo concluye que los intereses propios de China y su actitud proactiva hacia la construcción de comunidades en Asia Oriental han sido el principal catalizador de la cooperación financiera regional.

Otro paso igualmente importante para comprender la última década de construcción de comunidades en el ámbito financiero de Asia Oriental es su evaluación. Muchos críticos de la iniciativa señalan el hecho de que solo Indonesia se benefició de la Iniciativa de Chiang Mai, cuando la última crisis financiera mundial golpeó a Asia Oriental en 2008. De hecho, Japón, Corea y Singapur han concertado acuerdos temporales y bilaterales de swap de divisas con el Comité Federal de Mercado Abierto de EE. UU. Entonces, ¿es la Iniciativa de Chiang Mai realmente “Mucho Ruido y Pocas Nueces”, como acuña John Ravenhill el regionalismo de Asia Oriental? Al examinar las razones detrás de la no utilización de la Iniciativa de Chiang Mai, y al inspeccionar los indicadores financieros a largo plazo de una muestra de países de la ASEAN+3, este artículo concluye que la Iniciativa de Chiang Mai tiene más un significado simbólico, que sin embargo promueve la seguridad financiera regional, la integración constructiva y equilibrada de China en la región, y la unión de Asia del Noreste y Asia del Sureste en una sola región de Asia Oriental – enviando poderosas repercusiones internacionales. Este artículo también proporciona brevemente algunas sugerencias para hacer que la iniciativa sea verdaderamente efectiva.

El resto de este artículo se organiza de la siguiente manera: La Sección 2 describe brevemente el progreso de la Iniciativa de Chiang Mai durante la última década; la Sección 3 investiga varios factores que impulsan la construcción de comunidades financieras en Asia Oriental; la Sección 4 evalúa el resultado de los esfuerzos de construcción de comunidades financieras; y la Sección 5 concluye.

Contexto Completo: PDF [Ver original]

Palabras Clave: Iniciativa de Chiang Mai, China, Japón, Corea, ASEAN, Interés de EE. UU.


Cómo Integrar Exitosamente a China en la Economía Mundial: Salvaguardias Específicas para China y sus Implicaciones Futuras

Concurso de Ensayos para Jóvenes Líderes de EPIK 2010 (2do Premio)

Autor: Mimi Ahn, Yonsei University

Fecha de Publicación: Agosto de 2010

Introducción:

El 12 de marzo de 2010, se estableció el panel de solución de diferencias de la OMC en respuesta a la solicitud de China sobre las reclamaciones contra EE. UU. y su medida de salvaguardia impuesta exclusivamente a ciertos neumáticos chinos. Normalmente, la “salvaguardia” bajo la OMC se refiere a una medida proteccionista comercial para que otros Estados miembros apliquen un arancel más alto o una cuota más alta solo a las importaciones chinas. La Salvaguardia Específica para China (en adelante, SEC) es una medida proteccionista mucho más limitada en la que permite a otros Estados miembros aplicar los términos específicamente a las importaciones chinas. La SEC fue parte del acuerdo celebrado entre China y los Miembros de la OMC que se puede encontrar en la Sección 16 del Protocolo de Adhesión de China.

El dilema aquí es que, si bien existen reglas internacionales con el propósito de tratar a los estados de manera justa, en realidad, aplicar las mismas reglas a estados con condiciones diferentes puede ser problemático. Este artículo busca encontrar la aplicación adecuada del derecho comercial económico para mejorar la construcción de la comunidad global. En otras palabras, ¿cómo se puede interpretar de manera que justifique lo que parece ser una discriminación tan flagrante, que la SEC no crea desviación comercial ni sesgo contra las importaciones chinas? El análisis adecuado del uso legítimo de dicho derecho comercial específico del país es de vital importancia, ya que es la tendencia de la comunidad internacional a expandir el papel de los estados con condiciones económicas notablemente diferentes, como los BRICS.

El artículo se dividirá en tres secciones. Primero, presentará el precedente de una cláusula de escape ad hoc similar a la SEC, la de Polonia. Luego, proporcionará un análisis descriptivo comparando el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC y el Artículo XIX del GATT con la SEC. Esta sección señala que este tipo de cláusula de escape ad hoc se ha practicado antes bajo la OMC y que la implementación de dicha salvaguardia depende en gran medida de la interpretación de las leyes internas aplicables. La segunda parte del artículo examinará de cerca la disputa actual entre EE. UU. y China. Esta parte prestará especial atención a los métodos procesales de EE. UU. para llegar a la conclusión de implementar la medida de protección y cómo la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (en adelante, USITC) está diseñada a favor del proteccionismo interno. La tercera sección del artículo sugerirá formas alternativas de abordar la SEC tomando como ejemplo las políticas de remedios comerciales de la UE. La distinción entre la USITC y el derecho comercial de la UE indicará claramente la necesidad de que el derecho comercial de EE. UU. se ajuste al derecho comercial de la OMC y de la UE.

Este artículo argumentará, por lo tanto, que una medida específica para un país no necesariamente resultará en distorsión comercial y que la cuestión de si la existencia de la SEC tiene un efecto adverso en el comercio o no dependerá en gran medida de cómo el derecho comercial interno de cada Miembro esté diseñado de manera que evalúe los requisitos para implementar la SEC.

Contexto Completo: PDF [Ver original]

Palabras Clave: Salvaguardia Específica para China, cláusula de escape ad hoc, disputa de neumáticos entre EE. UU. y China

*Este texto es una traducción mediante IA de un original escrito en coreano. Pueden existir errores de traducción o matices imprecisos.

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